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AYUDAS PARA RESPONDER AL IMPACTO DE PRECIOS DE LA ENERGIA Y MATERIAS PRIMAS

AYUDAS PARA RESPONDER AL IMPACTO DE PRECIOS DE LA ENERGIA Y MATERIAS PRIMAS

Desde Ba Gera te informamos que el Gobierno Vasco ha publicado una nueva ayuda de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas de 2022, para responder al impacto económico provocado por el incremento de los precios de la energía y de las materias primas.

OBJETO
Mediante este programa se facilita que pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas puedan obtener la modificación de los préstamos formalizados en 2020 y 2021, en el marco de los siguientes decretos:

– Decreto 50/2020, de 31 de marzo, por el que se desarrolla el Programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas para el año 2020 para responder al impacto económico del COVID-19, modificado por el Decreto 67/2020 de 19 de mayo

– Decreto 106/2021, de 9 de marzo, por el que se desarrolla el programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas de 2021 para responder al impacto económico del COVID-19.

La novación modificativa de los préstamos consistirá en la ampliación en un año de la carencia de amortización de las operaciones formalizadas, siempre que la empresa o persona beneficiaria tuviera que hacer frente a estas cuotas de amortización en 2022.

EMPRESAS Y PERSONAS BENEFICIARIAS

1.– Las pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas que, teniendo préstamos en vigor formalizados en el marco de marco del Decreto 50/2020, de 31 de marzo y del Decreto 106/2021, de 9 de marzo, tengan que hacer frente a cuotas de amortización en 2022, y cumplan los siguientes requisitos:

a) Que mantengan la condición de PYME o bien la condición de personas empresarias individuales y profesionales autónomas, con domicilio en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

b) Que la operación avalada en el marco del Decreto 50/2020, de 31 de marzo, o del Decreto 106/2021, de 9 de marzo, no esté en mora (impagada más de 90 días)

c) Que la persona o empresa solicitante no figure en situación de morosidad en la consulta de los ficheros de la CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España).

d) Que la entidad financiera no haya comunicado a la entidad concedente del aval ningún impago de la operación avalada con la persona o empresa solicitante en la fecha de formalización de la novación modificativa.

e) Que la persona o empresa solicitante no esté incursa en un procedimiento de insolvencia colectiva ni reúna los requisitos para encontrarse sometida a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de sus acreedores en virtud de las normas concursales.

f) Que la operación avalada se haya formalizado antes de la publicación del presente Decreto.

 

PLAZO DE FORMALIZACIÓN DE LAS AYUDAS

Hasta el 31 de diciembre de 2022.

Si estas ayudas son de tu interés, te ayudamos en la tramitación. Contáctanos en info@bagera.eu

INFORMACION COMPLETA

 

 

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