Calle Autonomía, 7 1dcha 20018 Donostia San Sebastian
+34 692 59 54 31
info@bagera.eu

MEC 2022. Apoyo a La Modernización de Establecimientos Comerciales

MEC 2022. Apoyo a La Modernización de Establecimientos Comerciales

Activada la ayuda MEC 2022 del Gobierno Vasco para impulsar la modernización de los establecimientos comerciales y determinados servicios de la CAPV a través de la innovación, la mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamiento comercial.ObjetoModernización de establecimientos comerciales y servicios relacionados con la actividad comercial urbana, ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco. 

Entidades Beneficiarias

Empresario individual o autónomo y Micro y pequeñas empresas conforme a lo establecido en la Recomendación de la Comisión Europea 2003/361/CE de la Comisión de 6 de mayo de 2003.Inversiones subvencionables:1. Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento comercial:

  • Obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento comercial
  • Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética
  • Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de las personas con movilidad reducida.
  • Adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento comercial, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos.
  • Adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad principal.
  • Adquisición de equipamiento y mobiliario para la exposición de productos: escaparates, mostradores, paneles, estanterías, vitrinas…
  • Mobiliario (incluidas las cámaras frigoríficas) destinado al almacenamiento de los productos….
  • Alarmas y sistemas de seguridad…
  • Equipos de climatización del local…
  • Las inversiones realizadas para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial,…
  • Maquinas vaporizadoras, sistemas de ventilación y purificación del aire,…

2. Incorporación de nuevas tecnologías e innovación:

  • Equipos informáticos, aplicaciones informáticos y software de gestión, destinados a la mejora de gestión del establecimiento comercial, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial…
  • Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online…
  • Terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
  • Balanzas electrónicas de mercaderías.
  • Cajas registradoras.
  • Implantación del software de facturación para el sistema TicketBAI (TBAI).

Importe mínimo de inversión admitida (Sin IVA) por establecimiento comercial

  • 3.000 euros para las inversiones recogidas en el punto 1
  • 750  euros para las inversiones recogidas en el punto 2 

Las ayudas se materializan en subvenciones a fondo perdido del  30% para las inversiones subvencionables

Estos porcentajes pueden incrementarse en caso de que la empresa acredite: 

  • Participación en uno de los programas «Merkabide», «Escuela Vasca de Retail» o «Eus-commerce»:1 punto.
  • Criterio de estabilidad de empleo de la mujer, cuando se acredite que al menos la mitad de la plantilla del establecimiento comercial o de servicios relacionados con la actividad comercial objeto de subvención perteneciente a la empresa solicitante tiene contrato indefinido y son mujeres: 1 punto.
  • Inversión comprendida en: incorporación de nuevas tecnologías e innovación: 2 puntos.
  • Que se encuentra adherida al Sistema de Arbitraje de Kontsumobide: 1 punto.
  • Un vínculo con alguna asociación tanto zonal como gremial de comercio a la fecha de solicitud: 1 punto.
  • Antigüedad del establecimiento comercial objeto de la subvención (según datos obrantes en IAE):Más de 10 años de antigüedad: 1 punto.

En ningún caso el porcentaje de subvención incluyendo los puntos de incremento podrá ser superior al 40% de la inversión total admitida.

La subvención máxima concedida será de 9.000 euros por establecimiento y año.

Solicitud y documentación

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 18 de mayo de 2022 y finalizará el 30 de septiembre de 2022 o en su caso, hasta el agotamiento del crédito dispuesto. 

El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusivamente a través la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: Tramitación electrónica

IAEs incluidos en la ayuda:

Comercio minorista:
641. Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.
642. Comercio al por menor de carnes y despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados, de huevos, aves, conejos de granja, caza; y de productos derivados de los mismos.
643. Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y acuicultura y de caracoles.
644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos.
645. Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases.
646.1. Comercio al por menor de labores de tabaco y de todas clases y formas en Expendedurías Generales, Especiales e Interiores.
646.2. Comercio al por menor de labores de tabaco de todas clases y formas en extensiones transitorias de Expendedurías Generales.
646.3. Comercio al por menor de labores de tabaco de todas clases y formas en Expendedurías de Carácter Complementario.
646.4. Comercio al por menor de labores de tabaco, realizado por establecimientos mercantiles en régimen de autorizaciones de venta con recargo.
646.6. Comercio al por menor de tabacos de todas clases y formas, en localidades donde no esté estancada la venta.
646.7. Comercio al por menor de labores de tabaco realizado por minusválidos físicos titulares de autorizaciones especiales.
646.8. Comercio al por menor de artículos para fumadores.
647.1. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor.
647.2. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservicio o mixto en establecimientos cuya sala de ventas tenga una superficie de venta inferior a 120 m2.
647.3. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservicio o mixto en superservicios, denominados así cuando su sala de ventas se halle comprendida entre 120 y 399 m2.
651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
652.2. Comercio al por menor de productos droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.
652.3. Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal.
652.4. Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.
653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.
654.2. Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos terrestres.
654.5. Comercio al por menor de toda clase de maquinaria (excepto aparatos del hogar, de oficina, médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos).
654.6. Comercio al por menor de cubiertas, bandas o bandejas y cámaras de aire para toda clase de vehículos.
656. Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico.
657. Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios.
659. Otro comercio al por menor.
662. Comercio mixto o integrado al por menor.
691.1. Reparación de artículos eléctricos para el hogar.
691.9. Reparación de otros bienes de consumo n.c.o.p.

Otros servicios relacionados con la actividad comercial:
971. Lavanderías, tintorerías y servicios similares.
972. Salones de peluquería e institutos de belleza.
973.1. Servicios fotográficos.
973.3. Servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras.
975. Servicios de enmarcación.

Véase:   Orden

Para más información, contactar con BA GERA , info@bagera.eu 

 

Deja una respuesta