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AYUDAS PARA IMPULSAR LA REACTIVACION ECONOMICA EN EL COMERCIO Y LA HOSTELERIA DE DONOSTIA

AYUDAS PARA IMPULSAR LA REACTIVACION ECONOMICA EN EL COMERCIO Y LA HOSTELERIA DE DONOSTIA

Fomento San Sebastián, con el apoyo de la Diputación Foral de Gipuzkoa, pone en marcha un nueva ayuda dentro del programa PREK 2020, para impulsar la reactivación económica en el COMERCIO Y LA HOSTELERIA.

La información más destacable de la ayuda es:

  1. TRAMITACION ON LINE desde aquí: https://ayudas.fomentosansebastian.eus/es/ayudas-y-servicios/ayudas/368-subvenciones-para-la-reactivacion-economica-local-en-los-sectores-del-comercio-y-hosteleria
  2. BENEFICIARIOS:

Actividades comprendidas en algunos de estos grupos de IAEs:

  • Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabacos, realizado en establecimientos permanentes.
  • Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.
  • Agrupación 66: Comercio mixto o integrado; comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente.
  • Agrupación 67: Servicios de alimentación.
  • Grupo 691: Reparación de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles y otros bienes de consumo.
  • Grupo 971: Lavanderías, tintorerías y servicios similares.
  • Grupo 972: Salones de peluquería y belleza.

 

  1. GASTOS SUBVENCIONABLES:

 A. INVERSIONES, COMPRA DE EQUIPAMIENTOS Y REALIZACIÓN DE ESTUDIOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO LA DIGITALIZACIÓN DEL NEGOCIO:

  • Compra de hardware, equipamientos informáticos, tecnológicos.
  • Compra de software, sistemas operativos, controladores de dispositivos, herramientas de diagnóstico, de corrección ,optimización, de programación.
  • Estudios necesarios para realizar estas inversiones.

Se subvencionará el 80% de la inversión con un máximo de 3.000€ por entidad.

B. INVERSIONES, COMPRA DE EQUIPAMIENTOS Y REALIZACIÓN DE ESTUDIOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO EL CUMPLIMIENTO DE CRITERIOS / PROTOCOLOS DE SEGURIDAD Y SANITARIOS COMO CONSECUENCIA DE LA COVID19:

  • Obras de adaptación y adecuación de locales a las normas sanitarias COVID-19.
  • Adquisición e instalación de equipos que habiliten medidas de protección, prevención e higiene para garantizar la seguridad del personal y de los clientes (mamparas, cabinas de desinfección, planchas desinfectantes, aparatos dispensadores de gel desinfectante). NO SE CONSIDERAN INVERSIONES LA COMPRA DE GELES, MASCARILLAS O CUALESQUIERA OTROS GASTOS CONSUMIBLES.
  • Estudios necesarios para llevar a cabo estas inversiones.

Se subvencionará el 80% de la inversión con un máximo de 1.000€ por entidad.

 

  • Se puede solicitar subvención por los conceptos A y B.
  • La concesión de la subvención será única para cada solicitante y nunca será superior a 4.000€
  • No se admitirán facturas de gastos de inversión inferiores a 50€

 

  1. GASTOS SUBVENCIONABLES:

Se admiten todos los gastos realizados desde el 14 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2020.

No se consideran inversiones los gastos de consumibles.

 

  1. JUSTIFICACION DE GASTOS:

 El abono de las facturas justificativas debe estar realizado entre el 14 de marzo y el 31 de diciembre de 2020.

La solicitud se realiza junto con la justificación de la inversión

 

  1. PLAZOS DE SOLICITUD:

Desde el 13 de noviembre hasta 31 de diciembre de 2020 o hasta el agotamiento del presupuesto.

 

Para a más información consulta la AYUDA

Si necesitas ayuda para tramitarla estamos a tu servicio en info@bagera.eu y/o 692595431

     

 

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