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AYUDAS A LA MODERNIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES (MEC 2020)

AYUDAS A LA MODERNIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES (MEC 2020)

El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo de Gobierno Vasco ha publicado el programa de apoyo a la Modernización de Establecimientos
Comerciales (MEC 2020) para inversiones realizadas desde el 2 de julio de 2019 hasta el 3 de agosto de 2020.

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
1.250.000€.

BENEFICIARIOS
Pequeñas y medianas empresas cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea comercial, incluidas las Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles y que se encuentre ejerciendo la misma actividad comercial como mínimo un año a la presentación de la solicitud.

Se entenderá por actividad comercial a los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria, la puesta a disposición del mercado de productos o mercancías adquiridas con esa finalidad, sin modificación sustancial de las mismas, así como la venta de bienes de consumo final realizada directamente por los productores/as, artesanos/as o industriales, entendiéndose por tales bienes aquellos no destinados a integrarse en procesos de producción, comercialización o prestación de servicios a terceros.

GASTOS SUBVENCIONABLES

A) REFORMA Y MODERNIZACIÓN DEL LOCAL (mobiliario, equipamientos internos y externos, incluyendo los rótulos comerciales)
     – Importe mínimo admitido: 4.000€ (+ IVA) por empresa.
     – Ayuda base: 16% de la inversión admitida (IVA no incluido).

B) BALANZAS ELECTRÓNICAS, EQUIPOS INFORMÁTICOS, WEBS…(aplicaciones y complementos integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial, creación e implantación de páginas web con venta-online y la adaptación de la página web a dispositivos móviles.
      – Importe mínimo admitido: 900€ (+ IVA) por empresa.
      – Ayuda: 16% de la inversión admisible (IVA no incluido).

C) INVERSIONES EN ACTIVOS FIJOS para asegurar las condiciones higiénico-sanitarias ante el COVID-19: maquinas vaporizadoras, sistemas de ventilación y purificación del aire, termómetro digital,cámaras de medición de la temperatura corporal, esterilizadores, alfombras descontaminantes, etc.(No se contemplan: mascarillas higiénicas, guantes, batas desechables, etc.).
     – Importe mínimo admitido: 900€ (+ IVA) por empresa.
     – Ayuda: 30% de la inversión admisible (IVA no incluido).

 

IMPORTE SUBVENCIÓN

En ningún caso el importe máximo de subvención sobrepasará los 9.000 euros ni el 40% de la inversión admisible por establecimiento y año.

PLAZO SOLICITUD
Del 4 de julio al 3 de agosto, en tanto no se haya agotado el crédito consignado.

ORDEN de 30 de junio de 2020, de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca para el ejercicio 2020, el programa de apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales ante la COVID 19.

 

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