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BONO COMERCIO – BONO DENDA

BONO COMERCIO – BONO DENDA

El Departamento de Comercio de Gobierno Vasco, pone en marcha una nueva edición del «Euskadi Bono-Comercio / Euskadi Bono-Denda», para estimular  el consumo en establecimientos del sector comercial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se subvencionará el consumo en los establecimientos comerciales y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana adheridos a la campaña. 

Con cada uno de estos Bonos se aplicará un descuento de 10€ por cada compra mínima de 30€.

Beneficiarios:

Podrán disfrutar de este bono  las personas mayores de 16 años y residentes en Euskadi. El máximo de bonos disponible para cada persona beneficiaria será de  5 bonos.

Los bonos podrán ser utilizados por el/la beneficiaria para una única compra, o para varias ya sean en uno solo establecimientos o en diferentes.

Requisitos de los establecimientos para la adhesión:

Podrán adherirse al programa «Euskadi bono-comercio / Euskadi bono-denda», aquellos establecimientos comerciales y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco (anexo I de la orden) que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Dedicarse y estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en una actividad que esté encuadrada en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el punto siguiente.
  2. Ser personas empresarias autónomas, microempresas o pequeñas empresas.
  3. Se encuentren en situación regularizada con Hacienda y Seguridad Social y, en su caso, de las obligaciones de reintegro de subvenciones.

En esta plataforma el comercio formalizará los bonos utilizados en el momento de la venta o prestación de servicios, adjuntando la documentación justificativa:  el ticket de compra en el que conste el DNI de la persona compradora.

Periodo subvencionable:

Se establecen dos periodos para el canje de los bonos-descuento:

  • Primer periodo: Comenzará el día fijado para la entrada en vigor del programa y finalizará el 5 de diciembre de 2021.
  • Segundo periodo: Se iniciará el 10 de enero de 2022 y finalizará el 31 de marzo de 2022.

Plazo y Proceso para la adhesión:

A partir del 28 de septiembre de 2021 se abre un plazo de tres semanas para la adhesión de los establecimientos comerciales, mediante la cumplimentación de un formulario de adhesión en la web: https://www.euskadibonodenda.eus/

Además se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Número de identificación fiscal. (DNI en caso de autónomos y CIF en caso de personas jurídicas).
  • Certificado histórico de altas y bajas en el Impuesto de Actividades Económicas o en su caso del establecimiento objeto de la ayuda.
  • Foto del establecimiento.
  • Certificado cuenta bancaria.

Toda la información del programa en  la orden

 

 

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